Empleadas del hogar: subida del Salario Mínimo Interprofesional
Las empleadas del hogar son uno de los colectivos laborales que más se verán beneficiados por la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) anunciada por el Gobierno. Esta medida se extiende también a otros ámbitos laborales, como la agricultura, los cuidados y buena parte de la hostelería.
El Real Decreto 1620/2011 establece en su artículo 8 que una trabajadora empleada del hogar deberá percibir como mínimo el Salario Mínimo Interprofesional cuando trabaja a jornada completa, siendo la jornada completa de 40 horas semanales. En caso de que trabaje menos horas, se aplicará la parte proporcional.
Con la subida anunciada por el Gobierno, el Salario Mínimo Interprofesional pasará de los 14.000 a los 15.120 euros anuales. Las empleadas del hogar cuyo salario esté ligado al SMI, y que trabajen a jornada completa, pasarán a cobrar cada mes 1.080 euros brutos al mes por 14 pagas, o 1260 euros brutos al mes por 12 pagas. Es importante tener en cuenta que esta cantidad es la legal fijada para un empleo de 40 horas semanales y no puede ser reducida.
Si bien este salario mínimo es obligatorio, existe la posibilidad de acordar un salario superior entre empleador y empleada. La subida del SMI será retroactiva desde el 1 de enero de 2023 y se hará efectiva en la nómina de febrero, junto con la compensación correspondiente al mes de enero.
Otras mejoras
Además de la mejora en su retribución, el sistema especial de empleadas del hogar ha sufrido algunos cambios para mejorar sus condiciones laborales y de seguridad social, como el derecho a cobrar una indemnización en caso de insolvencia y la cotización por desempleo y al Fogasa, entre otras medidas.
Desde el 1 de enero de 2023, las bases de cotización por contingencias comunes a este sistema especial se han establecido en una escala en función de la retribución percibida por los empleados del hogar por cada relación laboral.
Desde esa misma fecha, los empleadores de trabajadores del hogar con menos de 60 horas mensuales deben asumir obligatoriamente los trámites en materia de cotización, algo que hasta entonces era elegido entre ambas partes. Además, desde octubre de 2022 es obligatorio que los empleadores del servicio doméstico coticen por desempleo y al Fogasa por las personas que tengan trabajando en su domicilio.
En resumen, para ofrecer un trabajo digno a las empleadas del hogar, se han establecido nuevas obligaciones para los empleadores y se han eliminado figuras como la del desistimiento, que permitía el despido sin causa. Es importante seguir mejorando las condiciones de trabajo de este colectivo laboral y velar por la igualdad de derechos y oportunidades en el ámbito laboral.