¿Hasta qué edad pueden trabajar los funcionarios? Excepciones y requisitos
En España, los funcionarios públicos tienen una edad de jubilación especial y diferente al resto de trabajadores. Aunque la edad legal de jubilación se sitúa en 65 años, existen algunas excepciones que permiten a los funcionarios prolongar su permanencia en el servicio activo, variando en función del tipo de trabajo que desempeñen.
¿Qué edad de jubilación tienen los funcionarios?
La mayoría de los empleados públicos se rigen por el Regimen de Clases Pasivas de la Seguridad Social y la edad de jubilación o retiro forzoso de los funcionarios públicos se declara por ley al cumplir los 65 años de edad. Sin embargo, algunos funcionarios pueden jubilarse antes de cumplir la edad legal, aunque la normativa actual establece un cálculo diferente al del régimen general.
En este sentido, la ley también contempla excepciones que permiten prolongar la permanencia en el servicio activo más allá de la edad legal de jubilación. Mediante una solicitud por escrito al órgano de jubilación con al menos dos meses de anticipación, algunos funcionarios pueden prolongar su permanencia en el servicio activo hasta los 70 años.
¿Qué excepciones existen para prolongar la edad de jubilación?
Entre las excepciones a la jubilación forzosa de funcionarios a los 65 años, se encuentran:
- Funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios: pueden trabajar hasta los 70 años, pudiendo optar por jubilarse a la finalización del curso académico en que hubieran cumplido dicha edad.
- Magistrados, Jueces, Fiscales y Letrados de la Administración de Justicia: se jubilan forzosamente a los 70 años.
- Registradores de la Propiedad ingresados antes de 1-1-2015: a los 70 años.
- Funcionarios civiles de la Administración General del Estado: podrán optar por prolongar su permanencia en el servicio activo hasta que cumplan, como máximo, los 70 años de edad.
A pesar de estas excepciones, la prolongación no será de aplicación a los funcionarios de aquellos cuerpos y escalas que tengan normas específicas de jubilación.
¿Cómo solicitar la prolongación del servicio activo?
Para solicitar la prolongación de la edad de jubilación, los funcionarios deberán realizar una solicitud por escrito al órgano de jubilación y presentarla con al menos dos meses de anticipación al cumplimiento de la edad de jubilación forzosa. Será el órgano competente el encargado de decidir en el plazo de un mes si acepta la solicitud y, si antes de 15 días de la fecha de cumplimiento de la edad de jubilación forzosa no hubiera recaído resolución expresa, se entenderá estimada la solicitud del interesado –silencio administrativo en positivo–, según establece la Seguridad Social.
¿Quiénes suelen optar por la prolongación de la edad de jubilación?
Esta práctica se da sobre todo entre funcionarios de categorías más altas, como directores y jefes de área de la categoría A1, ya que la jubilación supone perder muchos de sus complementos. La plantilla pública española está profundamente envejecida y se espera que en los próximos años se jubilen el 60% de los funcionarios.
Por esta razón, la Federación de Asociaciones de Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado ha solicitado al Gobierno que amplíe a los 72 años la edad máxima de jubilación de los funcionarios.